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¿Cómo tributa un seguro de vida por fallecimiento?

Cómo tributa un seguro de vida por fallecimiento

¿Cómo tributa un seguro de vida por fallecimiento?

Para quienes buscan asegurar el futuro financiero de sus seres queridos, resulta imprescindible entender cómo tributa un seguro de vida por fallecimiento. De esa forma, van a saber qué tener en cuenta al contratarlo para brindarle estabilidad a la familia. Pero también hay que considerar las tributaciones fiscales. Esto se debe a que la indemnización que reciba la familia podrá estar sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Te lo contamos en el nuevo artículo de Seguros.Insure.

¿Qué es un seguro de vida?

Un seguro de vida barato es un tipo de contrato que se hace entre la aseguradora y una persona. Gracias a este acuerdo, la aseguradora se compromete a pagar un capital a los beneficiarios que se designe en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado.

La finalidad principal de este seguro es el poder dar cierta seguridad financiera a los seres queridos. La diferencia que existe con otros seguros es que el seguro de vida se centra en dar protección económica a los beneficiarios que el asegurado decida.

Conceptos clave en la tributación de seguros de vida

Es importante, entonces, conocer cuáles son los conceptos claves en la propia tributación para los seguros de vida.

Tomador, asegurado y beneficiario

El tomador es aquella persona que contrata el seguro y que paga anualmente las primas.

Cuando nos referimos al asegurado es la persona sobre la que recae la protección y será sobre la que se percibirá la indemnización en caso de invalidez o fallecimiento. Mientras que el beneficiario es la persona que recibirá el dinero en caso de que suceda ese evento.

Tipos de seguros de vida

Como sucede con otros seguros, existen distintos tipos de seguros de vida como lo son:

  • Seguro de vida riesgo: este seguro ofrece cobertura cuando se dé el fallecimiento o invalidez del asegurado. El objetivo que tiene es brindar garantías y estabilidad económica a esos beneficiarios.
  • Seguro de vida ahorro: además de lo anterior, con este seguro se puede acumular capital para ser utilizado en la jubilación o necesidades específicas.

Tributación del seguro de vida por fallecimiento

En el seguro de vida por fallecimiento, la tributación se hace de una forma concreta. Es importante que lo tengas en cuenta para saber cómo será para tus beneficiarios.

Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD)

Este impuesto se aplica a todas las herencias y donaciones que se reciban. Se incluye entre ellas el seguro de vida. El cálculo va a depender de distintos factores y de la cuantía que reciba el beneficiario, así como el grado de parentesco. La base imponible se ajusta según las reducciones y exenciones aplicables, resultando en la cuota tributaria. Ten en cuenta que la tributación también puede variar según la comunidad autónoma.

Exenciones y reducciones

Como en todo, existen algunas exenciones o reducciones.

Generalmente, las exenciones se dan cuando el beneficiario es el cónyuge o hay hijos menores.

Las reducciones se pueden aplicar cuando hay minusvalía, se es mayor de 65 años u otros elementos concretos. Por ejemplo, si se tienen hijos menores de 21 años podrían tener esta reducción.

Ejemplos prácticos

Para entender un poco más, imaginemos que el beneficiario es un hijo mayor de 21 años y recibe 100 mil euros. Según la Comunidad Autónoma se le aplicarán unas reducciones u otras.

Otro caso sería un cónyuge que recibe la misma cantidad, pero aquí tendría exenciones del pago del ISD. Por supuesto, todo esto son ejemplos y pueden variar según las condiciones personales.

Procedimientos y documentación

Ahora que entiendes un poco más de qué trata el seguro de vida, hay que adentrarse en los procedimientos y la documentación necesaria para ello.

Notificación a la compañía de seguros

Cuando hay un fallecimiento de una persona con un seguro de vida, el primer paso es notificar a la aseguradora. Hay que hacerlo lo antes posible.

Generalmente, el plazo que se da es de 7 a 30 días. Será necesario aportar ciertos documentos como el certificado de defunción, copia del DNI, el contrato del seguro de vida y la documentación del beneficiario.

Presentación de la declaración de impuestos

Tras recibir la indemnización del seguro de vida, se deberá presentar el impuesto que corresponda.

Es importante entonces hacerlo en el plazo que se establece, que suele ser a los siguientes seis meses desde la fecha de fallecimiento. Se deberán completar entonces todos los formularios que brinde la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma.

Generalmente, se solicita el certificado de defunción, justificante de pago del seguro, contrato del seguro, parentesco con el fallecido, entre otros.

Es importante que se preste atención a los detalles para evitar errores que ocasionarían un retraso en el proceso. Si tienes dudas sobre ello, lo ideal es consultar con un asesor fiscal especialista.

Comparativa con otros tipos de tributación

Para que comprendas aún más cómo es esta tributación, vamos a compararla con otras tributaciones similares.

IRPF vs. ISD

Lo que diferencia al URPF del ISD es el propio contexto y la aplicación en sí misma.

Cuando nos referimos al IRPF, este se aplica en el caso de que el tomador y el beneficiario del seguro de vida sean la misma persona. Entonces se considera ese dinero como capital mobiliario. Sin embargo, en el ISD el beneficiario es una persona diferente, por lo que se debe de tributar como herencia.

Preguntas frecuentes

Estas son algunas de las dudas más habituales que nos plantean los asegurados cuando quieren contratar un seguro de vida:

¿Qué sucede si hay varios beneficiarios?

Si hay varios beneficiarios cada uno deberá de tributar por la parte de la indemnización que percibe. La distribución de la suma asegurada entre los beneficiarios se realiza conforme a las proporciones especificadas en la póliza de seguro.

¿Cómo afectan las primas pagadas a la tributación?

Las primas que se hayan pagado no afectan a la tributación de forma directa. Sin embargo, es recomendable mantener un registro de ellas, ya que podrían ser necesarias en el futuro para demostrar que se tiene vigente el seguro.

¿Qué pasa si el beneficiario es una persona jurídica?

Cuando el beneficiario es una persona jurídica, la indemnización se recibe como un ingreso y, por lo tanto, estará sujeto al Impuesto sobre Sociedades. Se deberá incluir esa cantidad en la base imponible y, por lo tanto, tributar según las normas fiscales establecidas.

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